Con fundamento en los artículos 3o. 
fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 
fracciones I, V, VI y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública 
Federal; 1o., 10, 11, 14 fracción IV, 16 párrafo segundo, 54, 55, 58 y cuarto 
transitorio de la Ley General de Educación; 5o., 7o., 8o., 10, 12 fracciones I y 
III, 13 y 17 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior; y 4o. y 
5o. fracciones I y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación 
Pública, y
 
CONSIDERANDO
 
Que el Plan Nacional de Desarrollo 
1995-2000 propone una cruzada permanente por la educación, fincada en una 
alianza nacional con la participación de todos los órdenes de gobierno y de los 
diversos rubros sociales;
 
Que el Programa de Desarrollo Educativo 
1995-2000 reitera que la presencia de los particulares en la educación influye 
de manera positiva en el proceso educativo, por lo que se promoverá la 
simplificación de las reglas administrativas y de operación en el ámbito 
federal, alentándose a las autoridades estatales a impulsar acciones en este 
sentido;
 
Que el “Acuerdo para la Desregulación de la 
Actividad Empresarial”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de 
noviembre de 1995 establece las bases para llevar a cabo la desregulación 
sistemática de las normas vigentes y la simplificación de los trámites que 
realizan los particulares ante la Administración Pública 
Federal;
 
Que a la Secretaría de Educación Pública le 
corresponde prescribir las normas a la que deberá ajustarse el reconocimiento de 
validez oficial de estudios;
 
Que de igual manera, la Secretaría de 
Educación tiene facultades para vigilar que las denominaciones de los 
establecimientos de educación superior correspondan a su 
naturaleza;
 
Que el 27 de mayo de 1998 se publicó en el 
Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 243, por el que se establecen 
las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de 
estudios, el cual dispone en su artículo 3o. fracción V, que la Secretaría de 
Educación Pública emitirá los acuerdos específicos que regularán en lo 
particular los trámites para obtener la autorización o reconocimiento de validez 
oficial de estudios, he tenido a bien expedir el 
siguiente:
 
ACUERDO NUMERO 279 POR 
EL QUE SE ESTABLECEN LOS TRAMITES  Y 
PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS 
DEL TIPO SUPERIOR
TITULO 
I
DISPOSICIONES 
GENERALES
CAPITULO 
UNICO
 
Artículo 1o.- El presente Acuerdo 
tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos relacionados con el 
reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior, en todos sus 
niveles y modalidades.
Los particulares que imparten educación del 
tipo superior con fundamento en decretos presidenciales o acuerdos 
secretariales, mantendrán el régimen jurídico que tienen reconocido y por lo 
tanto sus relaciones con la Secretaría de Educación Pública se conducirán de 
conformidad con dichos instrumentos jurídicos. No obstante, podrán sujetarse, en 
lo que les beneficie, a lo establecido en este Acuerdo.
 
Artículo 2o.- Para los efectos del presente 
Acuerdo, se entenderá por:
I.          
Ley, la Ley General de 
Educación;
II.         
Bases, las Bases 
generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, 
publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 
1998;
III.        
Reconocimiento, el 
reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo 
superior;
IV.       
Autoridad educativa, 
las unidades administrativas y órganos desconcentrados competentes de la 
Secretaría de Educación Pública;
V.        
Particular, la persona 
física o moral de derecho privado, que solicite o cuente con acuerdo de 
reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo 
superior;
VI.       
Institución, el plantel 
donde se imparten o impartirán estudios del tipo superior;
VII.      Plan de estudios, la referencia sintética, 
esquematizada y estructurada de las asignaturas u otro tipo de unidades de 
aprendizaje, incluyendo una propuesta de evaluación para mantener su pertinencia 
y vigencia, y
VIII.      Programa de estudios, la descripción 
sintetizada de los contenidos de las asignaturas o unidades de aprendizaje, 
ordenadas por secuencias o por áreas relacionadas con los recursos didácticos y 
bibliográficos indispensables, con los cuales se regulará el proceso de 
enseñanza-aprendizaje.
 
Artículo 3o.- El presente Acuerdo es de 
observancia obligatoria para las unidades administrativas y órganos 
desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.
La Secretaría de Educación Pública, en el 
ámbito de su competencia, formulará las recomendaciones pertinentes con el fin 
de que las autoridades educativas de los estados y las universidades e 
instituciones públicas de educación superior y autónomas, establezcan las normas 
y criterios que señala el presente Acuerdo en sus disposiciones 
normativas.
Artículo 4o.- En términos de lo previsto en 
la Ley y en la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, los 
particulares podrán solicitar el reconocimiento de los siguientes 
estudios:
I.          
Técnico Superior 
Universitario o Profesional Asociado: es la opción educativa posterior al 
bachillerato y previa a la licenciatura, orientada fundamentalmente a la 
práctica, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente. 
Este nivel puede ser acreditado como parte del plan de estudios de una 
licenciatura;
II.         
Licenciatura: es la 
opción educativa posterior al bachillerato que conduce a la obtención del título 
profesional correspondiente;
III.        
Posgrado: es la opción 
educativa posterior a la licenciatura y que comprende los siguientes 
niveles:
a) 
Especialidad, que conduce a la obtención de un 
diploma.
b) 
Maestría, que conduce a la obtención del grado 
correspondiente.
c) 
Doctorado, que conduce a la obtención del grado 
respectivo.
 
TITULO 
II
DE LOS REQUISITOS Y 
DEL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE 
ESTUDIOS
CAPITULO 
I
DEL 
PROCEDIMIENTO
 
Artículo 5o.- El particular que solicite el 
reconocimiento, deberá presentar a la autoridad educativa la solicitud 
correspondiente con los datos contenidos en el formato 1 y los anexos 1, 2, 3, 4 
y 5 de este Acuerdo.
El particular no estará obligado a 
proporcionar datos o documentos entregados previamente, siempre y cuando se haga 
referencia del escrito en el que se citaron o con el que se acompañaron y el 
nuevo trámite lo realice ante la propia autoridad 
educativa.
 
Artículo 6o.- Las solicitudes, los 
formatos, los anexos y demás documentación requerida, se deberán presentar en 
las ventanillas de las unidades administrativas y órganos desconcentrados 
competentes.
La autoridad educativa resolverá emitiendo 
el acuerdo que otorga o niega el reconocimiento, en los siguientes 
plazos:
I.          
Sesenta días hábiles 
contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, respecto de 
planes de estudio propuestos por el particular en áreas distintas de las 
señaladas en la siguiente fracción, y
II.         
Tratándose de 
solicitudes de reconocimiento en las áreas de salud, diez días hábiles, contados 
a partir de la opinión que emita la Comisión Interinstitucional para la 
Formación de Recursos Humanos para la Salud, conforme a lo dispuesto en el 
artículo tercero del Acuerdo por el que se crea dicha Comisión, publicado en el 
Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1983.
 
Artículo 7o.- Presentada la solicitud y los 
anexos correspondientes, la autoridad educativa, en el término de diez días 
hábiles, emitirá un acuerdo de admisión de trámite o, en su caso, hará la 
prevención al particular que haya omitido datos o documentos, para que dentro 
del término de cinco días hábiles subsane la omisión.
 
Artículo 8o.- La autoridad educativa 
desechará la solicitud por incompleta, en caso de que el particular no desahogue 
en sus términos la prevención señalada en el artículo anterior, quedando a salvo 
los derechos de éste para iniciar un nuevo trámite de 
reconocimiento.
Artículo 9o.- La 
visita de inspección para otorgar el reconocimiento se realizará dentro del 
plazo establecido para resolver la solicitud 
correspondiente.
 
CAPITULO 
II
PERSONAL 
ACADEMICO
 
Artículo 10.- Los 
académicos que participen en los programas establecidos por los particulares 
ostentarán la categoría de académicos de asignatura, o bien de académicos de 
tiempo completo.
I.- Para el caso de personal académico de 
asignatura se requerirá:
a)        
Poseer como mínimo el título, diploma o grado correspondiente al nivel 
educativo en que se desempeñará, o
b)        
Satisfacer las condiciones de equivalencia de perfiles, demostrando que 
posee la preparación necesaria, obtenida ya sea mediante procesos autónomos de 
formación o a través de la experiencia docente, laboral y/o profesional, para lo 
cual se deberá acreditar que:
1. 
Tratándose de estudios de profesional asociado o técnico superior 
universitario y licenciatura, cuenta por lo menos con cinco años de experiencia 
docente o laboral en el área respectiva.
2. 
Para impartir estudios de especialidad, haya obtenido título de 
licenciatura y experiencia mínima de tres años de ejercicio profesional o 
dedicados a la docencia.
3. 
Para impartir estudios de maestría, haya obtenido título de licenciatura 
y experiencia docente o de ejercicio profesional mínima de cinco años o, en su 
caso, poseer diploma de especialidad y por lo menos tres años de experiencia 
docente o profesional.
4. 
Para impartir estudios de doctorado, haya obtenido el título de 
licenciatura y diez años de experiencia docente o profesional, o poseer diploma 
de especialidad y al menos siete años de experiencia docente o profesional o, en 
su caso, contar con grado de maestría y mínimo cinco años de experiencia docente 
o profesional, y
II.- Para el caso de personal académico de 
tiempo completo se requerirá:
a)        
Acreditar experiencia o preparación para la docencia y la investigación o 
la aplicación innovativa del conocimiento en el campo en el que desempeñará sus 
funciones, o en la asignatura que impartirá, y
b)        
Poseer preferentemente un nivel académico superior a aquél en el que 
desempeñará sus funciones y en áreas de conocimiento afines, en los casos de los 
estudios de profesional asociado o técnico superior universitario, licenciatura, 
especialidad y maestría. Respecto de los estudios de doctorado deberá acreditar 
el grado académico de doctor.
El porcentaje 
mínimo de cursos que en cada programa debe estar a cargo de profesores de tiempo 
completo es el siguiente:
| 
          | 
    
       TIPO DE 
      PROGRAMA  | |||
| 
          | 
    
       PRACTICO  | 
    
       PRACTICO 
      INDIVIDUALIZADO  | 
    
       CIENTIFICO 
      PRACTICO  | 
    
       CIENTIFICO 
      BASICO  | 
| 
       Para profesional asociado o técnico 
      superior universitario  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
| 
       Para 
      licenciatura  | 
    
       0  | 
    
       7  | 
    
       12  | 
    
       30  | 
| 
       Para 
      especialidad  | 
    
       0  | 
    
       7  | 
    
       12  | 
    
       30  | 
| 
       Para 
maestría  | 
    
       0  | 
    
       7  | 
    
       30  | 
    
       30  | 
| 
       Para 
    doctorado  | 
    
       50  | 
    
       50  | 
    
       50  | 
    
       50  | 
 
Las instituciones educativas particulares 
que no alcancen a cubrir los porcentajes que se establecen en la tabla anterior, 
deberán presentar a la autoridad educativa para su aprobación, una justificación 
detallada al respecto conforme al área del 
conocimiento en que se ubique el plan de estudios, el nivel del mismo, la 
modalidad educativa, el objetivo general del propio plan y el modelo educativo 
propuesto para los estudios de referencia.
Por programa 
práctico se entenderá aquél cuyos egresados se dedicarán generalmente a la 
práctica profesional y cuyos planes de estudio no requieren una proporción 
mayoritaria de cursos básicos en ciencias o humanidades ni cursos con gran 
tiempo de atención por alumno.
Los programas 
prácticos individualizados son aquéllos cuyos egresados se dedicarán 
generalmente a la práctica profesional y cuyos planes de estudio no requieren 
una proporción mayoritaria de cursos básicos en ciencias o humanidades, aun 
cuando exigen un considerable porcentaje de cursos con gran tiempo de atención 
por alumno.
Los programas 
científico prácticos son aquéllos cuyos egresados se dedicarán generalmente a la 
práctica profesional y sus planes de estudio contiene un porcentaje mayoritario 
de cursos orientados a comunicar las experiencias prácticas. Además, los 
programas científico prácticos tienen una proporción mayor de cursos básicos en 
ciencias o humanidades.
Los programas 
científicos (o humanísticos) básicos son aquéllos cuyos egresados desempeñarán 
generalmente actividades académicas. Los planes de estudio de este tipo de 
programas se conforman mayoritariamente por cursos básicos de ciencias o 
humanidades y requieren atención de pequeños grupos de estudiantes en talleres o 
laboratorios.
La siguiente es una 
tabla indicativa (no exhaustiva) que ejemplifica la clasificación de numerosos 
programas existentes en el sistema de educación superior de 
México:
 
| 
       CLASIFICACION DE 
      PROGRAMAS  | 
    
       
  | |||
| 
       Prácticos  | 
    
       Prácticos 
      individualizados  | 
    
       Científico Prácticos  | 
    
       Científico Básicos  | |
| 
            Enfermería y 
      obstetricia       
      Administración       
      Archivonomía y biblioteconomía      
      Arquitectura      Medios de 
      comunicación e información      Trabajo 
      social      Comercio 
      internacional      
      Contaduría      Derecho y 
      ciencias jurídicas      Finanzas y 
      banca      Ingenierías 
      industriales      Ingenierías 
      textiles      
      Odontología      
      Optometría       
      Relacionados con el diseño  | 
    
             
      Administración pública       
      Licenciaturas en artes       
      Licenciaturas en artes visuales       
      Relacionados con las letras       
      Relacionados con la música      Básicos 
      relacionados con la computación y los sistemas    | 
    
             
      Relacionados con las ciencias agropecuarias       
      Relacionados con las ciencias forestales       
      Relacionados con la horticultura      Ingeniería 
      agroindustrial      Química 
      agropecuaria       
      Relacionados con la veterinaria y zootecnia      
      Medicina      
      Nutrición      
      Química      Ciencias y 
      técnicas del mar      
      Ecología      
      Actuaría      Sociología y 
      ciencias políticas  | 
    
            Ciencias 
      biomédicas      
      Biología      
      Bioquímica      
      Física      
      Matemáticas       
      Relacionados con la antropología y 
arqueología       
      Relacionados con educación y docencia       
      Relacionados con la filosofía       
      Relacionados con la historia  | |
| 
          | 
    
          | 
    
             
      Relacionados con la economía      
      Geografía       
      Relacionados con la psicología  | 
    
          | |
| 
          | 
    
          | 
    
            Ingenierías en 
      biotecnología      Ingenierías en 
      ciencias de la tierra      Ingeniería 
      ambiental  | 
    
          | |
| 
          | 
    
          | 
    
            Ingeniería 
      bioquímica      Ingeniería 
      civil      Ingenierías 
      eléctricas y electrónicas      Ingenierías en 
      control, instrumentación y procesos  | 
    
          | |
| 
          | 
    
          | 
    
            Ingeniería en 
      telecomunicaciones      Ingeniería en 
      telemática      Ingenierías 
      extractivas y metalúrgicas      Ingenierías 
      químicas      Tecnologías de 
      los alimentos  | 
    
          | |
 
Artículo 11.- Las 
tareas académicas que se asignen al personal académico de tiempo completo 
propuesto deberán incluir docencia, investigación y tutoreo de estudiantes.En 
cada plan de estudios los profesores de tiempo completo deben impartir 
preferentemente los cursos básicos de ciencias y 
humanidades.
 
CAPITULO 
III
PLANES Y PROGRAMAS DE 
ESTUDIO
 
Artículo 12.- Los planes y programas de 
estudio que proponga el particular deberán reunir los siguientes 
requisitos:
I.          
Objetivos generales del 
plan de estudios, consistentes en una descripción sintética de los logros o 
fines que se tratarán de alcanzar, considerando las necesidades 
detectadas;
II.         
Perfil del egresado, 
que contenga los conocimientos, habilidades, actitudes y destrezas a ser 
adquiridas por el estudiante;
III.        
En su caso, métodos y 
actividades para alcanzar los objetivos y el perfil mencionados en las dos 
fracciones que anteceden, y
IV.       
Criterios y 
procedimientos de evaluación y acreditación de cada asignatura o unidad de 
aprendizaje.
La denominación del plan de estudios deberá 
ser congruente con los objetivos y perfil previstos en este artículo, así como 
con los programas de estudio propuestos.
 
Artículo 13.- La presentación de los planes 
y programas de estudio que proponga el particular, además de lo previsto en el 
artículo anterior, deberá atender y señalar los siguientes 
criterios:
I.          
Para el título de 
profesional asociado o técnico superior universitario, el plan de estudios 
estará orientado fundamentalmente a desarrollar habilidades y destrezas 
relativas a una actividad profesional específica.
            
Las propuestas de los planes de estudio para estas opciones deberán 
contar con un mínimo de 180 créditos;
II.         
En la licenciatura, el 
objetivo fundamental será el desarrollo de conocimientos, actitudes, aptitudes, 
habilidades y métodos de trabajo para el ejercicio de una profesión. Los planes 
de estudio de este nivel educativo estarán integrados por un mínimo de 300 
créditos;
III.        El 
posgrado tiene el propósito de profundizar los conocimientos en un campo 
específico y deberá además:
a) En 
el caso de especialidades:
1. 
Estar dirigidas a la formación de individuos capacitados para el estudio 
y tratamiento de problemas específicos de un área particular de una profesión, 
pudiendo referirse a conocimientos y habilidades de una disciplina básica o a 
actividades específicas de una profesión determinada.
2. 
Tener como antecedente académico el título de licenciatura, o haber 
cubierto el total de créditos de la licenciatura, cuando se curse como opción de 
titulación de ésta.
3. 
Estar integrados por un mínimo de 45 créditos.
b) En 
el caso de maestrías:
1. 
Estar dirigidas a la formación de individuos capacitados para participar 
en el análisis, adaptación e incorporación a la práctica de los avances de un 
área específica de una profesión o disciplina.
2. 
Tener por lo menos como antecedente académico el título de licenciatura, 
o haber cubierto el total de créditos de la licenciatura, cuando se curse como 
opción de titulación de ésta.
3. 
Estar integrados por un mínimo de 75 créditos, después de la licenciatura 
o 30 después de la especialidad.
            
En la impartición de cada plan de estudios de maestría orientado a la 
investigación, el particular deberá contar como mínimo con un académico de 
tiempo completo, activo en investigación, por cada 25 
alumnos.
c) En 
el caso de doctorados:
1. 
Estar dirigidos a la formación de individuos capacitados para la docencia 
y la investigación, con dominio de temas particulares de un área. Los egresados 
deberán ser capaces de generar nuevo conocimiento en forma independiente, o 
bien, de aplicar el conocimiento en forma original e 
innovadora.
2.             
Tener por lo menos como antecedente académico el título de licenciatura o 
haber cubierto el total de créditos de la licenciatura, cuando se curse como 
opción de titulación de ésta.
3.             
Estar integrados por 150 créditos como mínimo, después de la 
licenciatura, 105 después de la especialidad o 75 después de la 
maestría.
En la impartición de cada plan de estudios 
de doctorado, la institución deberá contar como mínimo con un académico de 
tiempo completo, activo en investigación, por cada 10 
alumnos.
 
Artículo 14.- Para efectos del presente 
Acuerdo, por cada hora efectiva de actividad de aprendizaje se asignarán 0.0625 
créditos.
Esta asignación es independiente de la 
estructura de calendario utilizada y se aplica con base en la carga académica 
efectiva en horas de trabajo.
Por actividad de aprendizaje se entenderá 
toda acción en la que el estudiante participe con el fin de adquirir los 
conocimientos o habilidades requeridos en un plan de estudios. Las actividades 
podrán desarrollarse:
I.          
Bajo la conducción de 
un académico, en espacios internos de la institución, como aulas, centros, 
talleres o laboratorios, o en espacios externos, y
II.         
De manera 
independiente, sea en espacios internos o externos, fuera de los horarios de 
clase establecidos y como parte de procesos autónomos vinculados a la asignatura 
o unidad de aprendizaje.
 
Artículo 15.- Los planes y programas de 
estudio en la modalidad escolar deberán establecer como mínimo, las siguientes 
actividades de aprendizaje bajo la conducción de un 
académico:
I.          
Técnico superior 
universitario o profesional asociado, 1440 horas;
II.         
Licenciatura, 2400 
horas;
III.        
Especialidad, 180 
horas;
IV.       
Maestría, 300 horas, 
y
V.        
Doctorado, 600 
horas.
 
Artículo 16.- Los planes y programas de 
estudio en la modalidad no escolarizada se destinarán a estudiantes que 
adquieren una formación sin necesidad de asistir al campo 
institucional.
 
Artículo 17.- Serán considerados como 
planes y programas de estudio en la modalidad mixta, aquellos que requieran del 
estudiante formación en el campo institucional, pero el número de horas bajo la 
conducción de un académico sea menor al establecido en el artículo 15 de este 
Acuerdo.
TITULO 
III
DISPOSICIONES 
COMPLEMENTARIAS
CAPITULO 
I
VISITAS DE 
INSPECCION
 
Artículo 18.- Las visitas de inspección de 
la autoridad educativa se realizarán conforme a lo previsto en el artículo 58 de 
la Ley, en las Bases y en el capítulo décimo primero de la Ley Federal de 
Procedimiento Administrativo.
En las visitas de inspección se atenderá a 
los aspectos expresamente consignados en la Ley y en este 
Acuerdo.
 
Artículo 19.- Para verificar el 
cumplimiento del artículo 57 de la Ley, la autoridad educativa podrá realizar a 
la institución dos visitas de inspección ordinarias por ciclo 
escolar.
 
Artículo 20.- Serán visitas de inspección 
extraordinarias las que se realicen con motivo de la probable comisión de una o 
varias de las infracciones previstas en el artículo 75 de la Ley, previa 
manifestación por escrito que presente quien tenga interés jurídico.
De igual forma, se podrán realizar visitas 
extraordinarias cuando el particular se abstenga, más de una vez, en 
proporcionar la información que la autoridad educativa le requiera por 
escrito.
 
Artículo 21.- Toda orden de visita de 
inspección deberá contener los números telefónicos de la autoridad educativa 
emisora, así como una clave numérica con la que el particular podrá verificar la 
autenticidad del documento y el nombre y cargo del visitador 
respectivo.
 
CAPITULO 
II
DEL PROCEDIMIENTO Y 
REQUISITOS PARA REALIZAR CAMBIOS AL ACUERDO DE 
RECONOCIMIENTO
 
Artículo 22.- El Acuerdo por el cual se 
otorga reconocimiento, confiere derechos e impone obligaciones a su titular, sin 
embargo, podrán realizarse cambios en cuanto al titular de dicho Acuerdo y al 
domicilio del plantel en el cual se imparten los estudios. Para tales efectos, 
se deberá observar lo siguiente:
I.          
Para el caso de cambio de titular:
            
Deberán comparecer el titular del acuerdo y la persona física o 
representante legal de la persona moral que pretenda continuar la prestación del 
servicio educativo, a efecto de que ante la autoridad educativa presenten y 
ratifiquen su solicitud para el cambio de titular del acuerdo, elaborándose el 
acta que deberá suscribirse para los efectos 
correspondientes.
            
El particular que pretenda la titularidad del nuevo acuerdo, será 
responsable del cumplimiento de las obligaciones que hubieren quedado pendientes 
por parte del anterior titular, incluyendo las relacionadas con el personal 
académico y directivo, así como de acreditar la actualización del documento 
relativo a la ocupación legal de las instalaciones donde se continuará prestando 
el servicio educativo. Esta circunstancia, así como el inicio de los trámites 
para el retiro del reconocimiento del anterior titular, quedará asentada en el 
acta respectiva.
II.         
Para el caso de cambio o ampliación de domicilio del plantel educativo, o 
para el establecimiento de un nuevo plantel, el particular acompañará a su 
solicitud el anexo 4 del presente Acuerdo.
En ambos casos, se deberá presentar el 
recibo de pago de derechos correspondiente. La autoridad educativa emitirá los 
acuerdos respectivos dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de 
la presentación de la solicitud.
 
Artículo 23.- Los avisos a que se refiere 
el artículo 7 de las Bases, entrarán en vigor a partir del ciclo escolar 
siguiente a la fecha en que se notifiquen a la autoridad educativa, reservándose 
ésta el ejercicio de la facultad de inspección a que alude el mismo precepto, 
una vez que inicie el ciclo escolar.
Estos avisos se harán por escrito en 
formato libre, manifestando el particular, bajo protesta de decir verdad, que 
para realizar los cambios cuenta con los elementos 
necesarios.
CAPITULO 
III
DE LOS CAMBIOS Y 
ACTUALIZACIONES A LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO
 
Artículo 24.- Para efectos del presente 
Acuerdo se entenderá por cambios al plan y programas de estudio, las 
modificaciones que se refieran a la denominación del plan de estudios, a los 
objetivos generales, al perfil del egresado o a la modalidad 
educativa.
La solicitud de cambios al plan y programas 
de estudio, se deberá presentar por escrito en formato libre y cuando menos un 
ciclo escolar anterior a aquél en que pretenda aplicarse, acompañada de los 
anexos 1 y 2 de este Acuerdo y el comprobante del pago de derechos 
correspondiente.
La autoridad educativa resolverá sobre la 
procedencia de la solicitud dentro de los veinte días hábiles siguientes a su 
presentación.
Artículo 25.- Conforme a lo dispuesto en 
las fracciones V y VI del artículo 7o. de las Bases, por actualización se 
entenderá la substitución total o parcial de las asignaturas o unidades de 
aprendizaje del plan y programas de estudios respectivos, con el propósito de 
ponerlos al día, agregando o sustituyendo los temas en correspondencia con los 
avances de la disciplina, siempre y cuando no se afecte la denominación del plan 
de estudios, a los objetivos generales, al perfil del egresado o a la modalidad 
educativa.
El particular deberá presentar el aviso en 
los términos previstos por el artículo 7o. de las Bases, así como el comprobante 
del pago de derechos correspondiente.
 
CAPITULO 
IV
DE LAS DENOMINACIONES 
DE LAS INSTITUCIONES
 
Artículo 26.- La autoridad educativa 
vigilará que las denominaciones de los establecimientos de educación 
superior:
I.          
Eviten confusión con las denominaciones de otras instituciones 
educativas;
II.         
Omitan utilizar la palabra “nacional”;
III.        
Eviten la utilización de los términos autónoma o autónomo, por 
corresponder a instituciones de educación a las que se les haya reconocido esa 
naturaleza, en los términos de la fracción VII del artículo 3o. de la 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
IV.       Omitan 
utilizar el término “universidad”, a menos que ofrezcan por lo menos cinco 
planes de estudios de licenciatura, o posgrado, en tres distintas áreas del 
conocimiento, una de las cuales deberá ser del área de 
humanidades.
 
CAPITULO 
V
De la informaciOn y 
documentaciOn
 
Artículo 27.- Los particulares 
con reconocimiento deberán conservar, en sus instalaciones, a disposición de la 
autoridad educativa, la siguiente documentación:
I.          
Listado que incluya el 
nombre y el total de alumnos inscritos, reinscritos y con cambios de carrera, 
actualizado al inicio de cada ciclo escolar;
II.         
Listado que incluya el 
nombre y total de alumnos inscritos por plan de estudios en cursos de 
regularización o de verano, actualizado permanentemente;
III.        
Relación de asignaturas 
en las que se imparte el servicio educativo, indicando para cada grupo el 
académico responsable, actualizada al inicio de cada ciclo 
escolar;
IV.       
Listado permanentemente 
actualizado que incluya el nombre y total de alumnos que presentan materias 
libres, exámenes extraordinarios, exámenes a título de suficiencia y exámenes 
profesionales;
V.        
Actas de calificaciones 
ordinarias de los grupos abiertos en cada ciclo escolar, permanentemente 
actualizadas, con la firma autógrafa del profesor responsable de la asignatura o 
unidad de aprendizaje;
VI.       
Listado que incluya el 
nombre y total de alumnos a los que se otorgó beca, así como el porcentaje 
otorgado, en términos de lo previsto en el capítulo VII de este 
Título;
VII.      Acervo bibliográfico de los ciclos 
escolares que se estén desarrollando y por lo menos del siguiente, conforme al 
listado descrito en el anexo 3 de este Acuerdo. Dicho listado deberá considerar 
por lo menos tres apoyos bibliográficos por asignatura o unidad de aprendizaje 
del plan de estudios y podrán consistir en libros, revistas especializadas, o 
cualesquier otro apoyo documental para el proceso enseñanza-aprendizaje, bien 
sean editados o bien contenidos en archivos electrónicos de texto, audio o 
video;
VIII.      Calendario escolar de la institución, donde 
se incluyan las fechas de inicio y conclusión de las actividades de aprendizaje, 
así como los periodos vacacionales y los días no 
laborables;
IX.       
Libros de registro de 
títulos, diplomas o grados, conforme al modelo señalado en el formato 2 de este 
Acuerdo;
X.        
Expediente de cada 
alumno, que contenga:
a) Copia certificada del acta de 
nacimiento.
b) Original del documento que acredite los estudios 
inmediatos anteriores al nivel que cursa.
c) Historial académico permanentemente actualizado, donde 
se incluyan las asignaturas o unidades de aprendizaje cursadas, así como las 
calificaciones obtenidas.
d) En su caso, original de las resoluciones de equivalencia 
o revalidación expedidas por autoridad competente.
e) En su caso, copia de los documentos que acrediten la 
estancia legal en el país.
f)  En su caso, constancia de prestación del servicio 
social.
g) Duplicado del certificado parcial o del certificado 
total que en su momento otorgue la institución.
h) En su caso, duplicado del acta de titulación, empleando 
como modelo el formato 3 de este Acuerdo.
i)  Copia del título, diploma o grado académico que, en su 
caso, haya otorgado la institución.
Los documentos mencionados en los incisos 
a), b), d) y f) de esta fracción, serán devueltos al alumno cuando proceda su 
baja, o bien cuando concluya en forma definitiva sus trámites ante la 
institución, quedando constancia de ellos en copia simple en su 
expediente;
XI.       
Expediente de cada 
profesor o sinodal que contenga:
a) Copia del acta de nacimiento.
b) Copias de títulos, diplomas o grados que acrediten sus 
estudios.
c) Curriculum vitae con descripción de experiencia 
profesional y docente.
d) En su caso, copia de la documentación que acredite la 
estancia legal en el país.
La institución conservará el expediente del 
profesor sólo en el tiempo en que éste se encuentre activo, sin embargo, deberá 
mantener durante el plazo a que se refiere este Acuerdo, los datos generales que 
permitan su localización.
La autoridad educativa podrá 
verificar en las visitas de inspección que la institución cuenta con la 
documentación que se indica en este artículo, y podrá requerir en cualquier 
tiempo información relacionada con el reconocimiento.
 
Artículo 28.- Los particulares con 
reconocimiento deberán enviar a la autoridad educativa lo 
siguiente:
I.          
Número de alumnos 
inscritos y reinscritos por plan de estudios en el ciclo escolar 
correspondiente, y comprobante del pago de derechos, dentro de los treinta días 
siguientes al inicio del ciclo escolar;
II.         
Número de alumnos 
inscritos por plan de estudios en cursos de regularización o de verano, así como 
de alumnos que cambian de carrera, dentro de los treinta días siguientes al 
inicio del ciclo escolar;
III.        
Reglamento de la 
institución, en el que consten las opciones de titulación u obtención de grado, 
requisitos de servicio social, requisitos de ingreso y permanencia de alumnos, 
derechos y obligaciones de éstos, así como reglas para el otorgamiento de becas. 
Este documento deberá presentarse dentro de los veinte días hábiles posteriores 
a la obtención del reconocimiento. En caso de modificación esta se deberá enviar 
treinta días previos a su entrada en vigor;
IV.       
Número de exámenes 
extraordinarios, exámenes a título de suficiencia, exámenes profesionales, con 
el comprobante del pago de derechos, dentro de los treinta días siguientes a la 
conclusión del ciclo escolar;
V.        
Formatos que empleará 
la institución para expedir certificados, diplomas, títulos o grados. Estos 
deberán presentarse dentro de los noventa días posteriores al otorgamiento del 
reconocimiento y conforme a los formatos 4 y 5 de este 
Acuerdo;
VI.       
Nombre, cargo y firma 
de los responsables designados por la institución para suscribir los documentos 
a que se refiere este capítulo; así como la impresión del sello oficial de la 
institución. Esta información deberá proporcionarse dentro de los cinco días 
siguientes al otorgamiento del primer reconocimiento, o siguientes a la fecha en 
que ocurra la sustitución de responsables o la modificación al sello, 
y
VII.      Certificados parciales, totales y títulos, 
diplomas o grados otorgados para autenticación y pago de derechos, los cuales 
serán devueltos con los sellos y firmas correspondientes a más tardar veinte 
días hábiles después de ser ingresados.
 
Artículo 29.- El particular conservará en 
los archivos de la institución, la documentación requerida en este acuerdo, por 
un periodo mínimo de cinco años.
 
Artículo 30.- La información y los archivos 
de la institución podrán ser físicos, electrónicos o por cualquier otro medio 
que permita almacenar datos, garantice su consulta y acceso para validar la 
información que contiene.
 
CapItulo VI 
De los supuestos y criterios 
para el retiro del reconocimiento
 
Artículo 31.- El retiro del 
reconocimiento procederá en los siguientes casos:
I.          
Por sanción impuesta 
por la autoridad educativa en términos de lo dispuesto por los artículos 75, 78 
y 79 de la Ley, y
II.         
A petición del 
particular.
 
Artículo 32.- En el caso a que se 
refiere la fracción II del artículo anterior, el particular deberá obtener 
previamente de la autoridad educativa lo siguiente:
I.          
Constancia de entrega 
del archivo relacionado con el reconocimiento, y
II.         
Constancia de que no 
quedaron periodos inconclusos ni responsabilidades relacionadas con el trámite 
de documentación escolar.
Una vez que el particular obtenga 
las constancias a que se refiere este artículo y entregue los sellos oficiales 
correspondientes, la autoridad educativa emitirá resolución de retiro de 
reconocimiento en un plazo no mayor a veinte días hábiles.
En caso de documentación faltante 
o incorrecta, prevendrá al particular para que corrija las omisiones en un plazo 
de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación 
respectiva.
De no cumplir el particular con 
la prevención, se desechará la solicitud y se procederá a revisar las 
irregularidades en que haya incurrido.
De resultar alguna infracción a 
las disposiciones legales o administrativas, la autoridad educativa impondrá las 
sanciones que correspondan.
 
CapItulo 
VII
DEL OTORGAMIENTO DE 
BECAS
 
Artículo 33.- El particular deberá otorgar 
un mínimo de becas, equivalente al cinco por ciento del total de alumnos 
inscritos en planes de estudio con reconocimiento, que por concepto de 
inscripciones y colegiaturas se paguen durante cada ciclo escolar. La asignación 
de las becas se llevará a cabo de conformidad con los criterios y procedimientos 
que establece el presente capítulo y su otorgamiento no podrá condicionarse a la 
aceptación de ningún crédito o gravamen a cargo del 
becario.
Las becas consistirán en la exención del 
pago total o parcial de las cuotas de inscripción y de colegiaturas que haya 
establecido el particular.
 
Artículo 34.- El particular efectuará la 
asignación de las becas, según los criterios y procedimientos establecidos en su 
reglamentación interna, conforme a lo previsto en el artículo 28 fracción III de 
este Acuerdo y con base en lo que se establece en el presente 
capítulo.
En la referida reglamentación, el 
particular deberá prever, al menos, lo siguiente:
I.          
La autoridad de la 
institución, responsable de coordinar la aplicación y vigilar el cumplimiento de 
las disposiciones establecidas;
II.         
Términos y formas para 
la expedición y difusión oportuna de la convocatoria sobre el otorgamiento de 
becas en la institución, la que deberá contener por lo menos la siguiente 
información: plazos de entrega y recepción de los formatos de solicitud de 
becas; los plazos, lugares y forma en que deben realizarse los trámites, así 
como los lugares donde podrán realizarse los estudios 
socioeconómicos;
III.        
Requisitos a cubrir por 
parte de los solicitantes de beca;
IV.       
Tipos de beca a 
otorgar;
V.        
Procedimiento para la 
entrega de resultados, y
VI.       
Condiciones para el 
mantenimiento y, en su caso, cancelación de becas.
 
Artículo 35.- La autoridad de la 
institución a que se refiere la fracción I del artículo anterior, deberá 
resguardar, al menos durante el ciclo escolar para el cual se otorguen las 
becas, los expedientes de los alumnos solicitantes y beneficiados con beca, con 
la documentación correspondiente, a fin de que pueda ser verificada por la 
autoridad educativa.
 
Artículo 36.- Serán considerados para el 
otorgamiento de una beca quienes:
I.          
Sean alumnos en la institución y estén inscritos en un plan de estudios 
con reconocimiento;
II.         
Presenten la solicitud de beca en los términos y plazos establecidos por 
la institución, anexando la documentación comprobatoria que en la convocatoria 
se indique;
III.        
Tengan el promedio general de calificaciones mínimo que establezca la 
convocatoria;
IV.       No hayan 
reprobado o dado de baja alguna asignatura al término del ciclo escolar anterior 
al que soliciten la beca, aun cuando el alumno haya sido promovido al siguiente 
ciclo escolar
que corresponda;
V.        
Comprueben que por su situación socioeconómica, requieren la beca para 
continuar o concluir sus estudios. El estudio socioeconómico respectivo podrá 
realizarse por la misma institución o por un tercero, y
VI.       Cumplan con 
la conducta y disciplina requeridas por la institución.
Para el otorgamiento de becas se deberá dar 
preferencia, en condiciones similares, a los alumnos que soliciten 
renovación.
 
Artículo 37.- Las becas tendrán una 
vigencia igual al ciclo escolar completo que tenga cada institución. No podrán 
suspenderse ni cancelarse durante el ciclo para el cual fueron otorgadas, salvo 
en los casos previstos en este capítulo.
 
Artículo 38.- La institución distribuirá 
gratuitamente los formatos de solicitud de beca de acuerdo a sus calendarios y 
publicará la convocatoria en los términos de su propia reglamentación. El 
particular no realizará cobro alguno a los solicitantes de beca por concepto de 
trámites que la propia institución realice.
 
Artículo 39.- La institución 
notificará a los interesados los resultados de la asignación de becas, conforme 
a lo establecido en la convocatoria respectiva.
 
Artículo 40.- A los alumnos que resulten 
seleccionados como becarios se les deberá reintegrar, en el porcentaje que les 
hayan sido otorgadas las becas, las cantidades que de manera anticipada hubieran 
pagado por concepto de inscripción y colegiaturas en el ciclo escolar 
correspondiente. Dicho reembolso será efectuado por el particular en efectivo o 
cheque, dentro del ciclo escolar correspondiente.
 
Artículo 41.- Los aspirantes a beca que se 
consideren afectados, podrán presentar su inconformidad por escrito ante la 
institución, en la forma y plazos establecidos en la reglamentación de la 
institución.
 
Artículo 42.- La institución podrá cancelar 
una beca escolar cuando el alumno:
I.          
Haya proporcionado información falsa para su obtención, 
y
II.         
Realice conductas contrarias al reglamento institucional o, en su caso, 
no haya atendido las amonestaciones o prevenciones que por escrito se le 
hubieren comunicado oportunamente.
TITULO IV
DEL 
PROGRAMA DE SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA
CAPITULO 
I
DISPOSICIONES GENERALES
 
Artículo 43.- La 
autoridad educativa podrá establecer programas de simplificación administrativa 
en los términos previstos en este Título. Podrán ser sujetos de dichos 
programas, los particulares que cumplan lo siguiente:
I.          
Contar con personal académico, instalaciones y planes y programas de 
estudio, de conformidad a lo establecido en este Acuerdo;
II.         
Por lo menos, 
satisfacer los porcentajes de profesores de tiempo completo referidos en el 
artículo 10;
III.        
Contar con un mínimo de diez años impartiendo educación superior con 
reconocimiento;
IV.       No haber 
sido sancionados en los últimos tres años, con motivo del incumplimiento de las 
disposiciones aplicables, y
V.        Estar 
acreditados por una instancia pública o privada, con la cual la Secretaría de 
Educación Pública haya convenido mecanismos de evaluación de la calidad en el 
servicio educativo.
 
Artículo 44.- El particular que reúna los 
requisitos previstos en el artículo anterior, podrá presentar su solicitud en 
escrito libre, misma que será resuelta por la autoridad educativa dentro del 
plazo de sesenta días hábiles.
 
Artículo 45.- La resolución que admite el 
registro de un particular al programa de simplificación administrativa, 
permitirá que éste mencione en su correspondiente documentación y publicidad, 
que obtuvo ese registro con motivo de su excelencia 
académica.
 
Artículo 46.- La autoridad educativa podrá 
cancelar el registro a que se refiere este capítulo, cuando el particular sea 
sancionado en más de una ocasión o cuando la gravedad de la sanción así lo 
amerite.
 
CAPITULO 
II
DE LOS TRAMITES 
MATERIA DE SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA
 
Artículo 47.- El particular registrado en 
el programa de simplificación administrativa, podrá realizar sus trámites de 
reconocimiento a nuevos planes de estudio, presentando únicamente los siguientes 
documentos:
I.          
Solicitud con los datos 
establecidos en el formato 1 de este Acuerdo;
II.         
Datos requeridos en el 
anexo 1 de este Acuerdo, y
III.        
Descripción de 
instalaciones, conforme a los anexos 4 y 5 de este Acuerdo, en caso de que el 
plan de estudios se desee impartir en un nuevo domicilio.
El plazo de respuesta para este trámite, 
será de veinte días hábiles contados a partir de la presentación de la 
solicitud. Para planes de estudio comprendidos dentro de las áreas de salud, el 
plazo de respuesta será de diez días hábiles contados a partir de la opinión 
favorable que emita la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos 
Humanos para la Salud.
Una vez notificado el Acuerdo de 
reconocimiento respectivo, el particular deberá exhibir en un plazo de cinco 
días hábiles, los datos requeridos en los anexos 2 y 3 de este 
Acuerdo.
 
Artículo 48.- El particular registrado en 
el programa de simplificación administrativa podrá realizar sus trámites de 
autenticación de certificados, títulos, diplomas y grados, exhibiendo los 
siguientes documentos:
I.          
Comprobante de pago de 
derechos por el total de documentos a autenticar;
II.         
Certificado global que 
haga constar bajo protesta de decir verdad que en los archivos de la institución 
se cuenta con el acta de nacimiento y los antecedentes académicos del alumno 
interesado y, en su caso, con las resoluciones de equivalencia o revalidación 
respectivos, y
III.        
Relación de alumnos a 
los que se autenticará documento.
La autoridad educativa levantará y 
suscribirá un acta que ampare la autenticación de los documentos que se 
describen en la relación de alumnos y, por cada documento a autenticar, 
entregará al particular un holograma, el cual deberá adherirse en cada uno de 
los documentos.
El tiempo de respuesta para este trámite 
será de diez días hábiles contados a partir de la recepción de 
documentos.
TRANSITORIOS
 
Artículo Primero.- Este Acuerdo entrará en 
vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la 
Federación.
 
Artículo Segundo.- Se dejan sin efecto las 
disposiciones administrativas que se opongan al presente 
Acuerdo.
 
Artículo Tercero.- Los domicilios de las 
ventanillas de las unidades administrativas y órganos desconcentrados 
competentes, a que se refiere el artículo 6o. de este Acuerdo y los horarios de 
atención al público, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación dentro 
de los seis meses siguientes a la publicación de este Acuerdo, mientras tanto 
los particulares deberán realizar los trámites correspondientes en las áreas 
actualmente destinadas para ello por las unidades administrativas y órganos 
desconcentrados competentes.
 
Artículo Cuarto.- Los trámites pendientes 
de resolución a la entrada en vigor de este Acuerdo,  se resolverán conforme a las 
disposiciones aplicables al momento de inicio de trámite ante la autoridad 
educativa.
 
Artículo Quinto.- Los particulares que 
cuenten con reconocimiento, tendrán un plazo de seis meses para ajustar su 
documentación a los formatos 2, 3, 4 y 5 de este Acuerdo.
 
Artículo Sexto.- Transcurrido un año de la 
entrada en vigor de este Acuerdo, el contenido del artículo 10 será revisado por 
la Secretaría de Educación Pública y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, 
con el objeto de evaluar su aplicación y, en su caso, proponer 
modificaciones.
 
En la Ciudad de México, Distrito Federal, a 
los dieciséis días del mes de junio de dos mil.- El Secretario de Educación 
Pública, Miguel Limón Rojas.- Rúbrica.
 
Plan de estudios                                                                                                 
ANEXO 1
 
__________________________________________________
NOMBRE AUTORIZADO DE LA INSTITUCION 
(1)
 
__________________________________________________
NIVEL Y NOMBRE DEL PLAN DE ESTUDIOS 
(2)
| 
          | 
| 
          | 
| 
       VIGENCIA 
      (3)  | 
 
| 
          | 
    
            | 
| 
          | 
    
       ANTECEDENTES 
      ACADEMICOS DE INGRESO (4)  | 
 
MODALIDAD (5)                               
____________________________________ 
DURACION DEL CICLO (6)            
____________________________________ 
CLAVE DEL PLAN DE ESTUDIOS (7)________________________________        
 
| 
       Objetivos 
      generales del PLAN DE ESTUDIOS (8)  | 
| 
          | 
 
| 
       Perfil del 
      egresado (9)  | 
| 
          | 
 
| 
          | 
    
       LISTA DE ASIGNATURAS O 
      UNIDADES DE APRENDIZAJE (10)  | 
    
       CLAVE 
      (11)  | 
    
       SERIACION 
      (12)  | 
    
       
  | 
    
       CREDITOS 
      (15)  | 
    
       INSTALACIONES 
      (16)  | |
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       CON DOCENTE 
      (13)  | 
    
       INDEPENDIENTES 
      (14)  | 
    
          | 
    
          | 
| 
       C  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       I  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       C  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       L  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       O (17)  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
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          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
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          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       SUMA 
      (18)  | 
    
       SUMA 
      (19)  | 
    
       SUMA 
      (20)  | 
    
          | 
 
 
| 
       ASIGNATURAS O UNIDADES DE 
      APRENDIZAJE OPTATIVAS (21)  | 
    
         CLAVE  | 
    
         SERIACION 
        | 
    
         HORAS 
        | 
    
         CREDITOS 
        | 
    
         INSTALACIONES 
        | |
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       CON DOCENTE 
        | 
    
       INDEPENDIENTES 
        | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
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          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
| 
       NUMERO MINIMO DE HORAS QUE SE DEBERAN 
      ACREDITAR EN LAS ASIGNATURAS OPTATIVAS, BAJO LA   | 
    
          | 
| 
       CONDUCCION DE UN DOCENTE 
      (22)  | 
    
          | 
 
| 
       NUMERO MINIMO DE CREDITOS QUE SE 
      DEBERAN ACREDITAR EN LAS ASIGNATURAS   | 
    
          | 
| 
       OPTATIVAS 
    (23)  | 
    
          | 
 
| 
       Propuesta 
      de evaluaciOn y actualizaciOn periOdica del plan de estudios 
      (24)  | 
| 
          | 
 
 
 
 
 
__________________________________________________________________________ NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO 
PARA EL REGISTRO
DEL PLAN DE ESTUDIOS 
(25)
 
Guía para el llenado del anexo 
1
Nota: Los números entre paréntesis que aparecen en el 
Anexo 1 y que sirven para identificar los numerales de esta Guía, deberán 
omitirse para la exhibición del documento ante la autoridad 
educativa.
1.        Anotar el 
nombre autorizado por la SEP. En caso de que a la fecha de presentación de la 
solicitud de reconocimiento no se cuente con dicha autorización, deberá anotarse 
el nombre de la PERSONA FISICA O MORAL propietaria de la 
institución.
2.        
Anotar nivel y nombre del plan de estudios tal y como se asienta en la 
solicitud de reconocimiento correspondiente.
3.        Este 
espacio no debe ser llenado por la institución.
4.        
Antecedentes o requisitos académicos que el alumno debe cumplir para 
tener acceso al plan de estudios.
            
Si es necesario explicar con detalle este apartado, debido a que se 
requiera del aspirante el dominio de habilidades o conocimientos específicos, 
tales como el manejo de determinados aparatos o instrumentos, debe anexarse la 
información pertinente al caso.
5.        
Especificar si el plan de estudios se impartirá en la modalidad escolar, 
en la no escolarizada o en la mixta, tomando en consideración el número de horas 
de actividades de aprendizaje que tenga el plan de estudios, bajo la conducción 
de un docente.
6.        
Señalar la duración del ciclo especificando las semanas efectivas de 
clase.
7.        
Anotar los cuatro dígitos que correspondan al año en que se presenta la 
solicitud de reconocimiento.
8.        
Realizar una descripción sintética de los logros o fines que se tratarán 
de alcanzar con la impartición del plan y programas de estudio, considerando las 
necesidades detectadas.
9.        
Describir los conocimientos, habilidades, actitudes y destrezas a ser 
adquiridas por el estudiante, con la impartición del plan de 
estudios.
10.      Anotar, sin 
abreviaturas, el nombre completo de las asignaturas o unidades de aprendizaje 
que conforman cada ciclo.
            
Cuando alguna materia o tema se desarrolle en más de una asignatura o 
unidad de aprendizaje, es necesario identificarla con números romanos en orden 
progresivo, por ejemplo: Matemáticas I, Matemáticas II, 
etc.
            
Las asignaturas optativas se enuncian en los ciclos correspondientes 
anotando únicamente OPTATIVA 1, OPTATIVA 2, etc., sin mencionar clave, 
seriación, horas, créditos e instalaciones, pues esto último se detallará a 
partir del recuadro (21).
11.      Anotar las claves 
que internamente asigne la institución para identificar las asignaturas o 
unidades de aprendizaje. No podrán mencionarse dos o más asignaturas con la 
misma clave.
12.      Anotar la(s) 
clave(s) de la(s) asignatura(s) o unidad(es) de aprendizaje cuya(s) 
acreditación(es) es(son) obligatoria(s) para cursar la asignatura en 
lista.
13.      Especificar el 
número de horas totales de actividades de aprendizaje que por cada ciclo y 
asignatura o unidad de aprendizaje, se impartirán bajo la conducción de un 
docente.
14.      Especificar el 
número de horas totales de actividades de aprendizaje que por cada ciclo y 
asignatura o unidad de aprendizaje, realizará el estudiante de manera 
independiente.
15.      Señalar el número 
de créditos que corresponde a cada asignatura o unidad de aprendizaje. Este 
número se obtendrá sumando las horas con docente (13), con las horas 
independientes (14) y multiplicando por 0.0625.
16.      Especificar para 
cada asignatura, el tipo de instalación que se requiere para las actividades de 
aprendizaje que se desarrollarán bajo la conducción de un docente, de acuerdo a 
las siguientes claves: (A) aula, (L) laboratorio, (T) taller, (O) otros. Se 
podrá emplear más de una clave en cada asignatura o unidad de 
aprendizaje
17.      Anotar el número 
del ciclo correspondiente, empleando tantos recuadros sean necesarios para el 
número de ciclos totales que comprende el plan de estudios. Cuando se trate de 
planes de estudio con curriculum flexible se deberá omitir el llenado de esta 
columna.
18.      Anotar al final 
de los recuadros que sean necesarios, la suma total de horas de actividades de 
aprendizaje que se realizan bajo la conducción de un 
docente.
19.      Anotar al final 
de los recuadros que sean necesarios, la suma total de horas de actividades de 
aprendizaje que realiza el estudiante de manera 
independiente.
20.      Anotar al final 
de los recuadros que sean necesarios, la suma de créditos que comprende a todos 
los ciclos.
21.      Anotar, sin 
abreviaturas, el nombre completo de las asignaturas o unidades de aprendizaje 
optativas, señalando para cada una, en los recuadros correspondientes, su clave, 
seriación (si la hay), las horas bajo la conducción de un docente, las horas de 
actividades de aprendizaje que desarrolla el estudiante de manera independiente 
y el número de créditos que le corresponda, así como las instalaciones que 
requiere para su desarrollo.
22.      Anotar el número 
mínimo de horas bajo la conducción de un docente, que el estudiante deberá 
acreditar con las asignaturas o unidades de aprendizaje 
optativas.
23.      Anotar el número 
mínimo de créditos que el estudiante deberá acreditar con las asignaturas o 
unidades de aprendizaje optativas.
24.      Detallar una 
propuesta de la manera cómo se evaluará periódicamente el plan de estudios, a 
fin de determinar oportunamente sus posibles modificaciones o 
actualizaciones.
25.      Mencionar el 
nombre y cargo del servidor público facultado para registrar el plan de estudios 
(proporcionado por la autoridad educativa).
Programas de estudios                                                                                         
ANEXO 2
 
LEA CUIDADOSAMENTE LA 
GUIA ANTES DE PROCEDER A SU LLENADO
| 
       NOMBRE DE LA ASIGNATURA O UNIDAD DE 
      APRENDIZAJE (1)    | 
 
 
| 
       CICLO (2)  | 
    
          | 
    
       CLAVE DE LA ASIGNATURA 
      (3)  | 
| 
            | 
    
          | 
    
          | 
 
OBJETIVO(S) GENERAL(ES) DE LA ASIGNATURA 
(4)
 
TEMAS Y SUBTEMAS (5)
 
ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE (6)
 
CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION Y ACREDITACION 
(7)
 
 
 
 
 
 
 
| 
       Guía para el llenado del anexo 
      2  | 
| 
       1. 
      Anotar el nombre de la asignatura o unidad de aprendizaje, de 
      acuerdo con lo consignado en el plan de estudios. El Anexo 2 deberá 
      llenarse por cada una de las asignaturas o unidades de aprendizaje que 
      conforman el plan 2. 
      Anotar el ciclo que corresponda a la asignatura, conforme al plan 
      de estudios. Cuando se trate de planes de estudio con curriculum flexible 
      se deberá omitir el llenado de este espacio. 3. 
      Anotar la clave que identifica a la asignatura, según lo 
      especificado en el apartado correspondiente del plan 4. 
      Se consignará(n) el(los) objetivo(s) general(es) de la asignatura o 
      unidad de aprendizaje, el(los) cual(es) deberá(n) enunciar el o los 
      aprendizajes que habrán de alcanzar los alumnos al finalizar el plan de 
      estudios. 5. 
      Enunciar el contenido de la asignatura, organizado en temas y 
      subtemas. Este deberá ser coherente con la denominación de la asignatura, 
      presentar orden y secuencia lógicos. El número de horas que corresponda 
      deberá ser congruente con los contenidos y la complejidad de los temas 
      presentados. 6. 
      Describir las actividades de aprendizaje que se realizarán bajo la 
      conducción de un docente, así como aquellas actividades de aprendizaje que 
      el estudiante realizará de manera independiente. Dichas actividades 
      deberán ser acordes con la naturaleza de cada asignatura y con la 
      modalidad educativa en que se imparta. 7. 
      Precisar los criterios y procedimientos de evaluación y 
      acreditación que se considerarán para valorar el aprendizaje, 
      especificando los procedimientos y los instrumentos con los cuales se 
      verificará su cumplimiento. Los criterios para determinar la evaluación 
      deberán estar íntimamente relacionados con los objetivos generales y con 
      las actividades de aprendizaje de la 
  asignatura.  | 
 
Listado de acervo bibliográfico                                                                                                                    
ANEXO 3
 
_______________________________
Nombre de la asignatura o unidad de 
aprendizaje
| 
          | 
    
       TIPO  | 
    
       TITULO  | 
    
       AUTOR  | 
    
       EDITORIAL  | 
    
       AÑO  | 
| 
       1  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       2  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       3  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
Agregar líneas en caso de ser 
necesario
 
_____________________________
Nombre de la asignatura o unidad de 
aprendizaje
| 
          | 
    
       TIPO  | 
    
       TITULO  | 
    
       AUTOR  | 
    
       EDITORIAL  | 
    
       AÑO  | 
| 
       1  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       2  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       3  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
Agregar líneas en caso de ser 
necesario
 
_____________________________
Nombre de la asignatura o unidad de 
aprendizaje
| 
          | 
    
       TIPO  | 
    
       TITULO  | 
    
       AUTOR  | 
    
       EDITORIAL  | 
    
       AÑO  | 
| 
       1  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       2  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       3  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
Agregar líneas en caso de ser 
necesario
 
Nota: El número de recuadros deberá ser igual al número 
de asignaturas o unidades de aprendizaje que comprende el plan de estudios. En 
“TIPO” se deberá especificar el apoyo bibliográfico correspondiente: libro, 
revista especializada, archivo magnético, audio, vídeo, 
etc.
Descripción de instalaciones                                                          
ANEXO 4 (Hoja 1 de 2)
 
NOMBRE DE LA 
INSTITUCION___________________________________________________________________
CARACTERISTICAS DEL INMUEBLE (CONSERVAR 
DOCUMENTO QUE ACREDITE LA OCUPACION LEGAL)
| 
       PROPIO  | 
    
          | 
    
       RENTADO  | 
    
          | 
    
       COMODATO  | 
    
          | 
    
       OTRO  | 
    
          | 
 
| 
       CONSTRUIDO 
      EXPROFESO  | 
    
          | 
    
       ADAPTADO  | 
    
          | 
    
       MIXTO  | 
    
          | 
 
DIMENSIONES 
(m2)
| 
       PREDIO  | 
    
          | 
    
       CONSTRUIDOS  | 
    
          | 
 
MEDIDAS DE SEGURIDAD 
ESTRUCTURAL
(SEÑALAR LOS DATOS DE LA AUTORIDAD O PERITO 
QUE EXPIDIO EL DOCUMENTO Y ACOMPAÑARLO
EN ORIGINAL)
| 
       AUTORIDAD QUE EXPIDIO LA 
      CONSTANCIA:  | 
    
          | 
| 
       FECHA DE EXPEDICION DE LA 
      CONSTANCIA:  | 
    
          | 
| 
       VIGENCIA DE LA 
      CONSTANCIA:  | 
    
          | 
| 
       NOMBRE DEL 
      PERITO:  | 
    
          | 
| 
       REGISTRO DEL 
      PERITO:  | 
    
          | 
| 
       VIGENCIA DEL 
      REGISTRO:  | 
    
          | 
| 
       AUTORIDAD QUE EXPIDIO EL 
      REGISTRO:  | 
    
          | 
 
TIPO DE ILUMINACION Y 
VENTILACION
| 
          | 
    
       ILUMINACION  | 
    
       VENTILACION  | 
    
       
  | ||||||
| 
       AULAS  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
| 
       CUBICULOS  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
| 
       TALLERES  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
| 
       LABORATORIOS  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
| 
       CENTRO DE 
      DOCUMENTACION O BIBLIOTECA  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
| 
       AUDITORIO O 
      AULA MAGNA  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
| 
       OTROS  | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | 
    
       NATURAL  | 
    
          | 
    
       ARTIFICIAL  | 
    
          | |
 
TIPO DE ESTUDIOS QUE SE IMPARTEN EN EL 
INMUEBLE ACTUALMENTE
| 
       EDUCACION 
      BASICA  | 
    
          | 
    
       EDUCACION 
      MEDIA SUPERIOR  | 
    
          | 
    
       EDUCACION 
      SUPERIOR  | 
    
          | 
    
       OTRO 
      (ESPECIFIQUE)  | 
    
          | 
 
TURNOS EN QUE SE IMPARTE EDUCACION 
ACTUALMENTE
| 
       NINGUNO  | 
    
          | 
    
       MATUTINO  | 
    
          | 
    
       VESPERTINO  | 
    
          | 
    
       NOCTURNO  | 
    
          | 
    
       MIXTO  | 
    
          | 
 
AULAS
| 
       NUMERO  | 
    
       CAPACIDAD PROMEDIO (CUPO DE 
      ALUMNOS)  | 
    
       m2 
      TOTALES  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
 
CUBICULOS
| 
       NUMERO  | 
    
       CAPACIDAD 
      PROMEDIO  | 
    
       m2 
      TOTALES  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
 
TALLERES Y 
LABORATORIOS
| 
       NOMBRE(S)  | 
    
       DIMENSIONES 
      (m2)  | 
    
       CAPACIDAD 
      PROMEDIO  | 
    
       EQUIPO MAS 
      IMPORTANTE  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
 
CENTRO DE DOCUMENTACION O 
BIBLIOTECA
| 
       ESPECIFIQUE  | 
    
       DIMENSIONES 
      (m2)  | 
    
       CAPACIDAD 
      PROMEDIO  | 
    
       EQUIPO MAS 
      IMPORTANTE  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
Descripción de instalaciones                                                           
ANEXO 4 (Hoja 2 de 2)
 
AUDITORIO O AULA MAGNA
| 
       ESPECIFIQUE  | 
    
       DIMENSIONES 
      (m2)  | 
    
       CAPACIDAD 
      PROMEDIO  | 
    
       EQUIPO MAS 
      IMPORTANTE  | |||
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       
  | ||
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
 
OTROS
| 
       ESPECIFIQUE  | 
    
       DIMENSIONES 
      (m2)  | 
    
       CAPACIDAD 
      PROMEDIO  | 
    
       EQUIPO MAS 
      IMPORTANTE  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
 
AREAS ADMINISTRATIVAS PARA EL CONTROL Y ATENCION 
ESCOLAR
| 
       NUMERO Y 
      DESCRIPCION  | 
    
       m2 
      TOTALES  | 
| 
          | 
    
          | 
AGREGAR LINEAS DE ACUERDO CON LAS 
NECESIDADES
Declaro, bajo protesta de decir verdad, que los datos 
asentados son ciertos, que el inmueble se encuentra libre de controversias 
administrativas o judiciales, que he realizado los trámites exigidos por 
autoridades no educativas, que se cuenta con el documento que acredita la legal 
ocupación del inmueble, y que se destinará al servicio educativo. De igual 
forma, me comprometo a cumplir con las obligaciones que a futuro se requieran 
ante otras autoridades.
 
 
 
 
_____________________________________________________
Nombre y firma del 
particular o de su representante legal
(o de quien promueve en nombre de la 
persona física)
Descripción de instalaciones 
especiales                                                         
ANEXO 5 
 
Nombre de la institución: 
__________________________________________________________
Nombre del plan de estudios: 
______________________________________________________
 
| 
       DESCRIPCION DE 
      INSTALACIONES  | 
    
       CANTIDAD  | 
    
       CAPACIDAD  | 
    
       EQUIPAMIENTO  | 
    
       ASIGNATURAS QUE 
      ATIENDE  | 
| 
                                                        | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
Declaro, bajo protesta de decir verdad, que los datos 
asentados son ciertos y que he realizado los trámites exigidos por autoridades 
no educativas.
 
 
_____________________________________________________
Nombre y firma del 
particular o de su representante legal
(o de quien promueve en nombre de la 
persona física)
Solicitud de RVOE *                                                                                         
FORMATO 1
SECRETARIA DE EDUCACION 
PUBLICA
| 
          | 
    
       FECHA 
      (DIA/MES/AÑO)  | 
    
          | 
 
| 
       NOMBRE COMPLETO DEL PLAN DE 
      ESTUDIOS  | 
    
          | 
| 
       NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA FISICA 
      O MORAL**  | 
    
          | 
 
           
NIVEL DE ESTUDIOS                 
TURNO             
MODALIDAD        
ALUMNADO
| 
          | 
    
       PROFESIONAL 
      ASOCIADO O TÉCNICO  | 
    
          | 
    
          | 
    
       NINGUNO  | 
    
          | 
    
          | 
    
       ESCOLAR  | 
    
          | 
    
          | 
    
       MIXTO  | 
| 
          | 
    
       SUPERIOR 
      UNIVERSITARIO  | 
    
          | 
    
          | 
    
       MATUTINO  | 
    
          | 
    
          | 
    
       NO 
      ESCOLARIZADA  | 
    
          | 
    
          | 
    
       FEMENINO  | 
| 
          | 
    
       LICENCIATURA 
        | 
    
          | 
    
          | 
    
       VESPERTINO  | 
    
          | 
    
          | 
    
       MIXTA  | 
    
          | 
    
          | 
    
       MASCULINO  | 
| 
          | 
    
       ESPECIALIDAD 
        | 
    
          | 
    
          | 
    
       NOCTURNO  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       
  | ||
| 
          | 
    
       MAESTRIA 
        | 
    
          | 
    
          | 
    
       MIXTO  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       
  | ||
| 
          | 
    
       DOCTORADO 
        | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       
  | ||
 
DOMICILIO DE LA 
INSTITUCION
| 
       CALLE Y 
    NUMERO  | 
    
       COLONIA  | |||
| 
          | 
    
          | |||
| 
       CODIGO 
POSTAL  | 
    
       DELEGACION O 
      MUNICIPIO  | 
    
       CIUDAD  | 
    
       ESTADO  | |
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | |
| 
       TELEFONO  | 
    
       FAX  | 
    
       CORREO ELECTRONICO 
      (E-MAIL)  | ||
| 
          | 
    
          | 
    
          | ||
 
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL O 
DE QUIEN PROMUEVE EN NOMBRE DE LA PERSONA FISICA (ACOMPAÑAR DOCUMENTO QUE 
ACREDITE LA PERSONALIDAD, EN CASO DE QUE SE REGISTRE POR PRIMERA 
VEZ)
| 
       NOMBRE(S)  | 
    
          | 
| 
       APELLIDO 
    PATERNO  | 
    
          | 
| 
       APELLIDO 
    MATERNO  | 
    
          | 
 
NOMBRES PROPUESTOS PARA LA INSTITUCION 
EDUCATIVA (SOLO PARA INSTITUCIONES NUEVAS)
| 
       1.  | 
    
          | 
| 
       2.  | 
    
          | 
| 
       3.  | 
    
          | 
 
NOMBRE DE LA INSTITUCION EDUCATIVA (EN CASO 
DE CONTAR CON OTROS RECONOCIMIENTOS) 
| 
          | 
 
MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD 
QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTA SOLICITUD Y EN LOS ANEXOS Y FORMATOS QUE LE 
ACOMPAÑAN SON CIERTOS, QUE SON DE MI CONOCIMIENTO LAS PENAS EN QUE INCURREN 
QUIENES SE CONDUCEN CON FALSEDAD ANTE AUTORIDAD DISTINTA DE LA JUDICIAL, QUE 
ACEPTO QUE EL DOMICILIO DE LA INSTITUCION SEA EL MISMO DOMICILIO PARA RECIBIR 
NOTIFICACIONES Y QUE AUTORIZO PARA OIRLAS Y RECIBIRLAS A LA(S) SIGUIENTE(S) 
PERSONA(S):
| 
          | 
 
 
_________________________________________________
Nombre y firma del 
particular o de su representante legal
(o de quien promueve en nombre de la 
persona física)
 
*          
LA SOLICITUD DEBE PRESENTARSE POR DUPLICADO
**         
SE DEBERA ACOMPAÑAR EL ACTA CONSTITUTIVA DE LAS PERSONAS MORALES, CUANDO 
ESTAS NO CUENTEN CON OTROS RECONOCIMIENTOS DEL TIPO SUPERIOR OTORGADOS POR LA 
SEP.
Modelo para libro de registro de 
títulos,
diplomas o grados                                                                                           
FORMATO 2
 
 
 
 
 
 
| 
       
  | 
    
       EN ____________, 
      EL__________DE_______________DE _______________SE REGISTRO EL TITULO 
      DE___________________________________________ __________________CON 
      RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DE LA S.E.P., SEGUN ACUERDO 
      No.____________________ ______________DE _____________Y FECHA 
      DE EXPEDICION DEL TITULO _________________DE _________________________DE 
      __________    | 
 
 
 
 
 
 
 
NOMBRE, CARGO Y FIRMA 
DEL
FUNCIONARIO AUTORIZADO 
POR
LA 
INSTITUCION
 
 
 
 
______________________________
Modelo para actas de titulación                                                                     
FORMATO 3
 
| 
                       FOTOGRAFIA DEL 
      ALUMNO (Tamaño 
    título)  | 
    
       EN _____________________________, A 
      LAS_______HORAS DEL DIA ____________DEL MES DE_____________________DE 
      ________ SE REUNIERON LOS MIEMBROS DEL JURADO INTEGRADO POR LOS 
      SEÑORES:____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ 
      BAJO LA PRESIDENCIA DEL PRIMERO Y CON CARACTER DE SECRETARIO EL ULTIMO 
      PARA PROCEDER A EFECTUAR LA EVALUACION DE (MENCIONAR LA OPCION DE 
      TITULACION)___ PARA OBTENER EL_____________ 
      DE________________________CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE LA SEP, 
      SEGUN ACUERDO LOS MIEMBROS DEL JURADO EXAMINARON AL 
      SUSTENTANTE Y DESPUES DE DELIBERAR ENTRE SI, RESOLVIERON DECLARARLO(A) 
      ______________________________________. EL PRESIDENTE DEL JURADO LE DIO A 
      CONOCER EL RESULTADO Y PROCEDIO A TOMAR LA PROTESTA DE 
      LEY.  | ||
| 
          | 
    
           PRESIDENTE   ____________________ (Nombre y 
      firma)  | 
    
           SECRETARIO   _________________________ (Nombre y 
      firma)  | 
    
       
  | 
| 
          | 
    
           VOCAL   __________________________ (Nombre y 
      firma)  | ||
| 
          | 
    
           Vo. 
      Bo. NOMBRE, CARGO Y 
      FIRMA DEL FUNCIONARIO DE 
      LA INSTITUCION REGISTRADO ANTE 
      LA AUTORIDAD 
      EDUCATIVA     ___________________________________    | ||
Modelo de certificado total o parcial                                                               
FORMATO 4
                                                                                                            
CERTIFICADO No. __________
(NOMBRE DE LA 
INSTITUCION)
| 
       (Logotipo   | 
    
       HACE CONSTAR QUE  
      __________________________________________________________  | 
| 
       de la 
      Institución)  | 
    
                                     
      (Nombre(s), Apellido Paterno y Materno 
)  | 
| 
          | 
    
       CURSO Y ACREDITO 
      ___________________________________________________________  | 
| 
          | 
    
                            
      (Nombre del plan de estudios como aparece en el ejemplar 
      registrado)  | 
| 
          | 
    
         CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL 
      DE ESTUDIOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA, SEGUN ACUERDO 
      No.__________ DE FECHA ____________________ Y CLAVE DE REGISTRO DEL PLAN 
      DE ESTUDIOS __________  | 
 
CERTIFICADO DE ESTUDIOS 
TOTALES (O PARCIALES)
| 
          | 
    
       CLAVE 
        | 
    
       NOMBRE DE LA 
      ASIGNATURA  | 
    
       CICLO EN QUE SE 
      CURSO  | 
    
       CALIFICACION  | 
    
       OBSERVACIONES  | |
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       NUMERO  | 
    
       LETRA  | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       FOTOGRAFIA 
      DEL ALUMNO  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       ____________  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       FIRMA DEL 
      ALUMNO  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
EL PRESENTE CERTIFICADO TOTAL (O PARCIAL) 
AMPARA _____ ASIGNATURAS.
LA ESCALA DE CALIFICACIONES ES DE 5 A 10 Y LA 
MINIMA APROBATORIA ES
DE _____ LUGAR Y FECHA DE EXPEDICION 
___________________________________________
 
 
| 
       NOMBRE, CARGO Y 
      FIRMA DEL FUNCIONARIO DE 
      LA INSTITUCION REGISTRADO ANTE 
      LA AUTORIDAD 
      EDUCATIVA     _________________________    | 
    
       NOMBRE, CARGO Y 
      FIRMA DEL SERVIDOR PUBLICO RESPONSABLE DE LA AUTENTICACION DEL 
      DOCUMENTO       ____________________________  | 
 
Modelo de título, diploma o grado. 
Anverso                                                    
FORMATO 5
 
(LOGOTIPO O ESCUDO DE LA 
INSTITUCION)
 
 
| 
       FOTOGRAFIA   | 
    
       OTORGA A 
      _______________________________________________  | 
| 
       DEL ALUMNO  | 
    
                        
      (Nombre(s), Apellido Paterno y Materno)  | 
| 
          | 
    
       EL TITULO, DIPLOMA 
      O EL GRADO DE ___________________________________________________________________________  | 
| 
          | 
    
       (Nombre de la 
      licenciatura o del posgrado, como  | 
| 
                 ___________ FIRMA DEL 
      ALUMNO  | 
    
                 CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL 
      DE ESTUDIOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA, SEGUN ACUERDO 
      No.__________ DE FECHA ____________________, EN ATENCION A QUE TERMINO LOS 
      ESTUDIOS CORRESPONDIENTES EL DIA ______ DE ________ DE 
      ________.    | 
 
 
 
 
 
 
(Entidad Federativa) a 
___ de __________________ de __
 
 
 
 
 
 
 
 
 
EL RECTOR O DIRECTOR 
DE
LA 
INSTITUCION
 
 
___________________________
(Nombre y 
firma)
Modelo de título, diploma o grado. 
Reverso                                         
FORMATO 5
| 
          | 
    
       EL PRESENTE TITULO, DIPLOMA O GRADO 
      FUE EXPEDIDO EN FAVOR DE _____________________________________________________________________________                                       
      (Nombre(s), Apellido Paterno y Materno)   QUIEN CURSO LOS ESTUDIOS DE 
      ____________________________________________  ____________________________________________________________________________ (Nombre de la 
      licenciatura o del posgrado,    Y APROBO 
      CONFORME_________________________________________________________                                                   
      (Señalar la opción de titulación respectiva)   EL DIA ______DE ____________________ 
      DE _____ QUEDO REGISTRADO EN EL LIBRO 
      No.____________ FOJA No.__________  | 
| 
          | 
    
               (LUGAR Y FECHA DE REGISTRO EN LA 
      INSTITUCION)  | 
 
| 
          | 
    
       NOMBRE, CARGO Y 
      FIRMA DEL FUNCIONARIO DE 
      LA INSTITUCION REGISTRADO ANTE 
      LA AUTORIDAD 
      EDUCATIVA     _____________________________                | 
    
       
  | 
| 
          | 
    
         SE AUTENTICA CON 
      FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 18 DE LA LEY PARA LA COORDINACION DE LA 
      EDUCACION SUPERIOR Y SE REGISTRA EN LA FOJA No. _____ DEL LIBRO No. 
      _____     México, D.F., 
      ______ de __________ de ____      | 
    
       
  | 
| 
          | 
    
       NOMBRE, CARGO Y 
      FIRMA DEL SERVIDOR PUBLICO RESPONSABLE DE LA AUTENTICACION DEL 
      DOCUMENTO     ____________________________    | |
ADENDUM AL ACUERDO NUMERO 276, POR EL QUE SE ESTABLECEN 
LOS TRAMITES Y PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA AUTORIZACION PARA IMPARTIR 
EDUCACION SECUNDARIA TECNICA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, 
EL 27 DE JUNIO DEL AÑO 2000.
Esta publicación contiene los formatos a que se refiere 
el artículo 6o., del Acuerdo Secretarial antes mencionado, y que consisten 
en:
-          
Solicitud para impartir estudios de educación secundaria 
técnica
-          
Anexo número 1
-          
Anexo número 2
México, D.F., a 28 de junio de 2000.- El Director 
General de Asuntos Jurídicos, Luis Vega García.- Rúbrica.
 
| 
       SOLICITUD DE 
      AUTORIZACION PARA IMPARTIR ESTUDIOS DE  | 
 
                                                                                                
México, D.F., a
H. AUTORIDAD 
EDUCATIVA
P R E S E N T E
El que suscribe 
________________________________, señalando como domicilio para oír y 
recibir
                        
(nombre de la persona física o representante legal)
notificaciones el 
ubicado en ____________________________________________________________
                                                     
(calle y número, colonia, delegación o 
municipio)
________________________________, autorizando para tal efecto, así 
como para recoger todo tipo de
(localidad, entidad federativa, 
C.P.)
documentación a los 
_________________________________________________________________,
                        
                           
(personas autorizadas para estos 
efectos que pueden ser profesionistas o simples ciudadanos)
comparezco ante 
esta H. Autoridad Educativa, a solicitar, con fundamento en los artículos 3o., 
fracción VI y 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 
1o., 7o., 54, 55 y 80 de la Ley General de Educación; y 12, 13, 14, 15, 17 y 19 
de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria a la 
Ley General de Educación, la autorización para impartir educación secundaria 
técnica.
En turno:
 
| 
          | 
    
       MATUTINO  | 
    
          | 
    
       VESPERTINO  | 
 
con alumnado:
 
| 
          | 
    
       MASCULINO  | 
    
          | 
    
       FEMENINO  | 
    
          | 
    
       MIXTO  | 
 
Y actividad tecnológica 
en:
| 
       NOMBRE DE LA 
      ACTIVIDAD  | 
    
       CLAVE  | 
| 
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
Agregar líneas de acuerdo con las 
necesidades
De conformidad con los datos 
siguientes:
| 
       Del propietario en 
      caso de ser persona física:  | 
| 
       Nombre: Fecha de 
      nacimiento: R.F.C.:                                                      
      C.S.M.N.: CURP:    | 
| 
       Del propietario en 
      caso de ser persona moral  | 
| 
       Nombre de la persona moral a la que 
      representa: Constituida según el acta 
      número:                                     
      de fecha: Con la autorización de la Secretaría 
      de Relaciones Exteriores bajo el número:                                                                                                                           
      de fecha: Pasa ante la fe del Notario Público 
      Número:          
      de: Lic.: Inscrita en el Registro Público de la 
      Propiedad y el Comercio bajo el número:                                                                                                                           
      de fecha: Acreditación del Representante Legal 
      mediante:  | 
 
Por otra parte, y en cumplimiento con los requisitos 
establecidos en el artículo 4o. fracción IX del Acuerdo por el que se establecen 
los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para impartir 
educación secundaria técnica, presento a su consideración la siguiente terna de 
nombres:
1.-
2.-
3.-
En virtud de lo anterior, y "BAJO PROTESTA 
DE DECIR VERDAD", declaro:
1.   Que los datos asentados en la 
presente solicitud y en los anexos que acompaño, son 
ciertos.
2.   Que cuento con el personal 
directivo y docente con la preparación profesional para impartir los estudios de 
los que solicito la autorización (se proporcionan datos en el anexo 
1).
3.   Que cuento con instalaciones que 
satisfacen las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas para impartir 
los estudios de los que solicito la autorización, además de que el inmueble 
donde se localizan dichas instalaciones lo ocupo legalmente y se encuentra libre 
de toda controversia administrativa o judicial y que será ocupado para impartir 
los estudios solicitados mientras se mantenga vigente el Acuerdo de autorización 
(se proporcionan datos en el anexo 2).
Asimismo, manifiesto que en caso de haberme conducido 
con falsedad en los datos asentados en mi solicitud y anexos, acepto hacerme 
acreedor a cualesquiera de las sanciones penales que establecen los 
ordenamientos aplicables, así como a las sanciones administrativas 
correspondientes, incluyendo la negativa del trámite.
 
| 
       BAJO PROTESTA DE 
      DECIR VERDAD  | 
| 
       A N E X O 
      1  | 
 
| 
       PERSONAL DIRECTIVO 
      Y DOCENTE  | 
 
El que suscribe _____________________________________, 
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesta que se cuenta con el personal 
directivo y docente, de conformidad con el artículo 55 fracción I de la Ley 
General de Educación, así como lo previsto en el Acuerdo por el que se 
establecen los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para 
impartir educación secundaria técnica, de acuerdo con los datos 
siguientes:
 
| 
       DATOS 
      GENERALES  | 
    
       
  | |||||||||||
| 
       
  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
    
       SEXO  | 
    
          | 
    
       CEDULA PROFESIONAL 
        | 
    
       EXPERIENCIA  | 
    
       CARGO A DESEMPEÑAR 
      Y/O   | 
    
       CURSOS DE 
      FORMACION O   | ||||
| 
          | 
    
          | 
    
       MIGRATORIA  | 
    
       M  | 
    
       F  | 
    
       ESTUDIOS  | 
    
       O DOCUMENTO 
        | 
    
       DIRECTIVO  | 
    
       DOCENTE  | 
    
       GRUPO Y MATERIA 
        | 
    
       NIVELACION 
        | ||
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
       ACADEMICO  | 
    
          | 
    
          | 
    
       QUE 
      ATENDERA  | 
    
       PEDAGOGICA  | ||
| 
                                | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | ||
 
| 
       BAJO PROTESTA DE 
      DECIR VERDAD  | 
 
| 
       A N E X O 
      2  | 
 
| 
       INSTALACIONES  | 
 
El que suscribe _____________________________________, 
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesta que se cuenta con las instalaciones 
necesarias, de acuerdo a lo previsto por el artículo 55
fracción II de la Ley 
General de Educación, y el Acuerdo por el que se establecen los trámites y 
procedimientos relacionados con la autorización para impartir educación 
secundaria técnica, de conformidad con los datos 
siguientes:
1. DATOS GENERALES DEL INMUEBLE
Calle: 
__________________________________________________ No. (Ext.) ________ No. 
(Int.)  
Colonia: 
______________________________________ Delegación o Municipio: 
Localidad: ___________________________ 
Entidad Federativa:______________ 
C.P.: _________ Teléfono(s): 
______________________ Fax: __________ C. Electrón.         
 
2. ACREDITACION LEGAL DEL INMUEBLE
a)  
¡        
Escritura Pública de Propiedad.
                 
Número _______________, de fecha __________________, pasada ante la fe 
del Notario
Público Núm. ________, de ________________________, Lic. 
______________________
e inscrita en el Registro Público de la Propiedad con 
fecha ____________________ bajo el
número de folio 
________________.
b)  
¡        
Contrato de arrendamiento.
                                         
Arrendador:   
______________________________________________.
Arrendatario:       
______________________________________________.
Fecha del 
contrato:        
________________________.
Vigencia:              
________________________.
Inmueble destinado para: 
________________________.
                 
Registrado ante: 
______________________________________________________________,
Con fecha: 
_____________________________.
c)  
¡        
Contrato de comodato.
                 
Comodante: ______________________________________________.
Comodatario:     
______________________________________________.
Fecha del contrato: 
       
________________________.
Vigencia: 
________________________.
Inmueble destinado para: 
________________________.
Ratificado en sus firmas ante el Notario Público 
Núm. _______________________________
de _______________________________, Lic. 
___________________________________,
con fecha 
__________________________.
d)  ¡        Otro 
_________________________________________________.
      
(especifique)
                        
______________________________ 
Observaciones:               
                        
__________________________________________ 
               
                        
__________________________________________ 
               
3. CONSTANCIA DE SEGURIDAD 
ESTRUCTURAL
          
En el caso de que sea 
expedida por autoridad competente:
Autoridad que la expide:         
_________________________________________________.
Fecha de expedición: _____________________________.
Vigencia:            
_____________________________.
          
En el caso de que sea 
expedida por perito particular:
Nombre del perito: 
_______________________________________________.
Registro de perito número: 
_______________________________.
Vigencia del Registro:        
_______________________________.
Autoridad que expide el registro:       
_______________________________.
Fecha de expedición de la constancia:        
_______________________________.
Vigencia de la constancia: 
_______________________________.
4. CONSTANCIA DE USO DE SUELO
Autoridad que la expide:         
_________________________________________________.
Fecha de expedición: _____________________________.
Vigencia:            
_____________________________.
5. DESCRIPCION DE INSTALACIONES
Dimensiones (m2)
| 
       Predio  | 
    
          | 
    
       Construido  | 
    
          | 
 
Area cívica
| 
       Superficie 
      (m2)  | 
    
       Asta bandera  | 
| 
          | 
    
          | 
 
Tipo de estudios que imparte en el local actualmente 
(Indicar No. de alumnos)
| 
       Educación 
      básica  | 
    
       Educación 
      media  | 
    
       Educación 
      superior  | 
    
       Otro 
      (especifique)  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
Instalaciones administrativas 
(indicar)
| 
       Dirección  | 
    
          | 
| 
       Subdirección  | 
    
          | 
| 
       Oficinas 
      administrativas  | 
    
          | 
| 
       Control 
    escolar  | 
    
          | 
| 
       Atención al 
      público  | 
    
          | 
| 
       Area para 
      profesores  | 
    
          | 
 
Aulas
| 
       Número 
      total  | 
    
       Capacidad promedio 
      (cupo de alumnos)  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
    
       Ventilación  | 
    
       Iluminación  | 
| 
              | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
Cubículos
| 
       
  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
    
       
  | 
    
       Ventilación  | 
    
       Iluminación  | 
| 
              | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
Sanitarios
| 
          | 
    
       Número de 
      retretes  | 
    
       Número de 
      mingitorios  | 
    
       Número de 
      lavabos  | 
    
       Número de 
      bebederos  | 
    
       Ventilación  | 
    
       Iluminación  | 
| 
       Alumnado 
      masculino  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Alumnado 
      femenino  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Personal 
      masculino  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Personal 
      femenino  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
Areas deportivas y de recreo
| 
       Canchas 
      deportivas  | 
    
       SI o 
      NO  | 
| 
       Voleibol  | 
    
          | 
| 
       Fútbol  | 
    
          | 
| 
       Basquetbol  | 
    
          | 
| 
       Usos 
    Múltiples  | 
    
          | 
| 
       Areas Verdes  | 
    
          | 
 
| 
       OTRAS 
      (Especificar)  | 
| 
          | 
| 
          | 
 
Centro de cómputo
| 
       Recursos 
      Materiales  | 
    
       Características  | 
    
       Cantidad  | 
| 
                    | 
    
          | 
    
          | 
 
Auditorio o Aula Magna
| 
       Superficie 
      (m2)  | 
    
       Altura  | 
    
       Capacidad promedio 
        | 
    
       Equipo con el que 
      cuenta  | 
    
       Ventilación  | 
    
       Iluminación  | 
| 
                    | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
Centro de documentación o 
biblioteca
| 
       Dimensiones 
      (m2)  | 
    
          | 
    
       Ventilación 
      Natural  | 
    
          | 
    
       Iluminación 
      Natural  | 
    
          | 
 
| 
       MATERIAL  | 
    
       No. DE 
      TITULOS  | 
    
       No. DE 
      VOLUMENES  | 
    
       SERVICIO DE 
      PRESTAMO  | 
| 
       Libros  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Periódicos  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Revistas 
      especializadas  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Tesis  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Diapositivas  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Videos  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Películas  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Discos 
    compactos  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Software 
      (paquetería)  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       Otro 
      (especificar)  | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
 
Taller (s)
| 
       Nombre  | 
    
       Dimensiones 
      (m2)  | 
    
       Recursos  | 
    
       Características  | 
    
       Cantidad  | 
    
       Ventilación  | 
    
       Iluminación  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
Agregar líneas de acuerdo con las 
necesidades
 
Laboratorio (s) (indicar el tipo)
| 
       Nombre  | 
    
       Dimensiones 
      (m2)  | 
    
       Material y equipo 
      más importante  | 
    
       Cantidad  | 
    
       Ventilación  | 
    
       Iluminación  | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
    
          | 
| 
       2.-  | 
    
          | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
| 
          | 
    
          | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
| 
       3.-  | 
    
          | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
| 
          | 
    
          | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
    
       | 
 
 
| 
       BAJO PROTESTA DE 
      DECIR VERDAD  | 
 
 
____________________________